La elaboración de la programación didáctica de las especialidades de Formación Profesional para la oposición de este año es la más complicada de todas porque nos encontramos inmersos en pleno proceso de reforma educativa derivada de la implantación de la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional y en su desarrollo dado por el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional.
En todos estos cambios hay un aspecto singular que complica la decisión del opositor, a la ya añadida elección del módulo profesional, y que consiste en la decisión del curso en el que realizar la programación didáctica: primero o segundo del ciclo formativo en el que la especialidad por la que se oposita tiene atribución docente.
Esto se debe a que el calendario de implantación de la reforma educativa regulada por el Real Decreto 278/2023, de 11 de abril, por el que se establece el calendario de implantación del Sistema de Formación Profesional establecido por la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional dispone, en el artículo 11, que las ofertas de grado D, donde se incluyen los ciclos formativos de grado básico, medio y superior, tienen que completar su implantación en el curso académico 2025-2026, aunque puede que existan Administraciones educativas que lo hayan completado en este mismo curso escolar.
Este hecho hace que se incremente la incertidumbre del opositor cuando en la convocatoria no se concreta qué normativa utilizar en la elaboración de una programación didáctica de un módulo profesional de segundo curso surgiendo así la duda de si lo que debe utilizar es la que se aplica en el curso 2024-2025 que es donde se celebra la oposición o la que se va a aplicar en el curso 2025-2026.
Si la convocatoria no especifica nada y no existe aclaración posterior por parte de la Administración, la normativa en vigor es la que se está aplicando en el presente curso escolar y es ahí donde surge el temor del aspirante a realizar una programación en un módulo profesional de segundo curso con la normativa de aplicación en el curso 2024-2025, pero siendo consciente que en el siguiente curso tendrá que aplicar otra o al contrario, que decida elaborar la programación con la normativa que será de aplicación a partir del 1 de septiembre de 2025.
Por ello, en el curso de diseño de la programación didáctica y elaboración de las unidades didácticas para Formación Profesional apostamos por la seguridad y damos las pautas para qué hacer en los supuestos descritos anteriormente. No obstante, si estas realizando el curso, en la sesión de tutoría del 13 de febrero lo trataremos y daremos todos los argumentos a tener en cuenta para aquellos opositores que realicen la programación didáctica en un módulo profesional de segundo curso en el que la convocatoria no especifica la normativa específica de referencia.
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